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Análisis del régimen fiscal especial que permite tributar al 24% sobre rendimientos del trabajo a los profesionales que trasladan su residencia fiscal a España, con especial atención al entorno del Campo de Gibraltar.
La comúnmente denominada 'Ley Beckham', regulada en el artículo 93 de la Ley del IRPF, permite a los trabajadores desplazados a España optar por tributar como no residentes durante el año del desplazamiento y los cinco siguientes, aplicando un tipo fijo del 24% sobre los primeros 600.000 euros de rendimientos del trabajo.
Para acogerse al régimen, el contribuyente debe no haber sido residente en España en los cinco años anteriores al desplazamiento, haber adquirido la residencia fiscal en España como consecuencia de un desplazamiento laboral o de la adquisición de la condición de administrador de una entidad, y no obtener rentas que se califiquen como obtenidas mediante establecimiento permanente situado en territorio español.
El régimen resulta especialmente atractivo para profesionales de alta cualificación con empleadores en Gibraltar o en el Reino Unido que trasladan su residencia efectiva a La Línea, San Roque, o municipios de la comarca. La tributación plana al 24% supone un diferencial fiscal muy significativo frente a la tarifa general del IRPF, que puede alcanzar el 47%.
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