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La Agencia Tributaria intensifica el control del alquiler vacacional mediante el cruce de información con plataformas como Airbnb, Booking y Expedia. Modelo 179, nueva declaración anual obligatoria, multas de hasta el 150% y sanciones de hasta 600.000€. Le explicamos las obligaciones fiscales de los propietarios de viviendas turísticas.
La Agencia Tributaria ya no depende de inspecciones aleatorias ni de denuncias para detectar a los propietarios que alquilan su vivienda a turistas sin declarar los ingresos. El cruce de información con plataformas como Airbnb, Booking y Expedia proporciona a Hacienda datos precisos —nombres, ubicaciones, fechas e importes— que hacen prácticamente imposible ocultar esta actividad.
El aviso de la Agencia Tributaria es claro: quienes alquilan su casa en vacaciones y no declaran el ingreso se exponen a multas que pueden alcanzar el 150% del importe no declarado, además de recargos e intereses de demora.
Las plataformas intermediarias de alquiler turístico tienen la obligación legal de remitir a la AEAT, de forma trimestral, información detallada sobre todas las operaciones de cesión de uso de viviendas con fines turísticos. Esta declaración se realiza mediante el Modelo 179, que incluye:
Este flujo de información permite a Hacienda contrastar automáticamente lo declarado por el propietario en su IRPF o IRNR con lo comunicado por la plataforma, detectando discrepancias de forma sistemática.
A partir de 2026, los propietarios de viviendas turísticas deben presentar una declaración anual obligatoria por cada unidad arrendada, conforme a la nueva Orden VAU/1560/2025. Esta declaración, que debe presentarse antes del mes de marzo, detalla la actividad del año natural anterior.
La omisión de esta declaración o la carencia del número de registro turístico puede conllevar sanciones de hasta 150.000€, sin perjuicio de la pérdida del propio número de registro y, con ello, de la licencia para seguir operando.
El alquiler de vivienda habitual está exento de IVA. Sin embargo, cuando el alquiler turístico incluye servicios propios de la industria hotelera —limpieza periódica durante la estancia, cambio de sábanas, recepción de clientes, desayuno u otros servicios complementarios— la operación deja de considerarse arrendamiento de vivienda y pasa a tributar al 21% de IVA.
Un alquiler simple, sin servicios adicionales, mantiene la exención de IVA, pero no por ello queda exento de la obligación de declarar los rendimientos en el IRPF o IRNR.
Los rendimientos del alquiler vacacional se integran en el rendimiento del capital inmobiliario del propietario:
La correcta clasificación de los gastos y la documentación de cada operación son esenciales para optimizar la fiscalidad y evitar ajustes por parte de la AEAT.
La verdadera novedad no es la obligación de declarar —que siempre existió— sino la capacidad de la Administración para verificar de forma automatizada lo declarado. El cruce entre el Modelo 179 presentado por las plataformas, los datos del Registro de la Propiedad, los consumos eléctricos, los certificados de empadronamiento y la información bancaria configura un escenario de transparencia total.
En este contexto, la regularización voluntaria antes de cualquier requerimiento de Hacienda es siempre la opción más ventajosa: reduce la sanción aplicable y evita los recargos del procedimiento de descubrimiento.
El nuevo marco normativo no solo endurece el control. También avanza hacia la profesionalización del sector y la simplificación de las obligaciones formales para los propietarios cumplidores. La digitalización de los trámites, la unificación de modelos y la colaboración con las plataformas permiten que la declaración sea cada vez más automatizada.
La clave para el propietario es anticiparse: disponer del número de registro turístico, llevar un registro detallado de ingresos y gastos, presentar el Modelo 179 cuando corresponda y cumplir con la nueva declaración anual obligatoria. En Asesoría Serra le acompañamos en todo el ciclo de cumplimiento fiscal del alquiler vacacional, desde la planificación previa hasta la presentación de los modelos y, en su caso, la regularización de ejercicios anteriores no declarados.
Asesoría Serra · Campo de Gibraltar
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Despacho en La Línea de la Concepción. Atención a clientes de Sotogrande, San Roque, Algeciras y Campo de Gibraltar.